{"id":1664,"date":"2025-10-20T01:22:49","date_gmt":"2025-10-20T01:22:49","guid":{"rendered":"https:\/\/fmlibertadfeliciano.com.ar\/?p=1664"},"modified":"2025-10-20T01:22:49","modified_gmt":"2025-10-20T01:22:49","slug":"informe-oficial-revela-existencia-de-residuos-peligrosos-en-chatarreria-todoni","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fmlibertadfeliciano.com.ar\/?p=1664","title":{"rendered":"Informe oficial revela existencia de residuos peligrosos en chatarrer\u00eda Todoni"},"content":{"rendered":"<p>\u200b\u00a0<\/p>\n<p>\u200b\u00a0<\/p>\n<p>\u200b<span class=\"cb-itemprop\"><\/span><\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>La inspecci\u00f3n que realizaron en forma conjunta la Secretar\u00eda de Ambiente de la Provincia y la Subsecretar\u00eda de Ambiente de la Municipalidad de Paran\u00e1 m\u00e1s un oficial de justicia a las instalaciones de la firma Las 3 E SRL, la chatarrer\u00eda de la concejal libertaria Romina Todoni sobre Avenida Jos\u00e9 Hern\u00e1ndez al 2500, en Paran\u00e1, constat\u00f3 la existencia de residuos peligrosos, con un grosero incumplimiento a lo que establece la Ley N\u00ba 8.880.<\/p>\n<p>\u201cEn las grandes acumulaciones de materiales, lindantes a las instalaciones correspondientes a mercanc\u00edas de corral\u00f3n, se observa una gran variedad de elementos principalmente derivados de chatarra dispuestos a la intemperie y sobre suelo natural. Entre estos, se pudieron constatar los siguientes residuos peligrosos, los cuales se repet\u00edan a lo largo del recorrido; tambores vac\u00edos de aceite mineral, bidones de agroqu\u00edmicos, t\u00f3ners de impresoras, autopartes varias algunas con restos de aceite o grasas (amortiguadores, partes de motor, filtros de aceite, entre otras), tachos de pintura, aparatosos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos, entre otros\u201d, dice el informe.<\/p>\n<p>La inspecci\u00f3n se realiz\u00f3 el 18 de septiembre \u00faltimo.<\/p>\n<p>\u201cEn todos las parcelas ocupadas con materiales \u2013describe-, se constat\u00f3 la presencia de residuos peligrosos los cuales se repet\u00edan a lo largo del recorrido: tambores vac\u00edos de aceite mineral, bidones de agroqu\u00edmicos, t\u00f3ners de impresoras, autopartes varias y algunas con restos de aceite o grasas (amortiguadores, partes de motor, filtros de aceite, entre otras), tanques aparentemente de combustible, tachos de pintura, aparatos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos, entre otros. La mayor gravedad radica en la mezcla indiscriminada de la chatarra y los materiales reciclables con residuos peligrosos (RP), en flagrante incumplimiento de los principios de segregaci\u00f3n en la fuente y almacenamiento seguro (art\u00edculo 14, Ley N\u00b0 24.051)\u201d.<\/p>\n\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>Y suma: \u201cSe constat\u00f3 un derrame de aparente aceite mineral directamente sobre suelo natural. Este hallazgo significar\u00eda la contaminaci\u00f3n de la matriz ambiental, lo cual deber\u00e1 determinarse por parte de la empresa. Adicionalmente, si bien una peque\u00f1a porci\u00f3n de residuos peligros se almacena en un galp\u00f3n sobre una bandeja antiderrame, no se constat\u00f3 la presencia de un kit antiderrame para hacer frente a contingencias, y una parte significativa de los residuos peligros se encontr\u00f3 en el lote lindante, sin vigilancia ni cerramiento perimetral, exponiendo la salud p\u00fablica y el ambiente\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEntre los envases pl\u00e1sticos, ubicados al norte de las instalaciones de corral\u00f3n, se pudo constatar recipientes de l\u00edquidos de frenos, aceite mineral, pulverizadora, entre otros, los cuales por su naturaleza son considerados y deber\u00e1n ser gestionados como residuos peligrosos\u201d, apunta.<\/p>\n<p>El informe \u2013que est\u00e1 en manos de la jueza Mastaglia- destaca que \u201ctodo generador de residuos peligrosos es responsable, en calidad de due\u00f1o de los mismos\u201d y que su acopio mezclado con chatarra y material recuperable, \u201ca la intemperie y sobre suelo permeable, constituye una falta a lo dispuesto en el art. 17 de la Ley n\u00b024051. La evidencia de derrame por aceite mineral y la presencia de residuos de agroqu\u00edmicos, aparatos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos desarmados y otros, categorizados como residuos peligrosos y de los cuales por su riesgo y caracter\u00edsticas de peligrosidad, amerita una medida urgente de retiro y gesti\u00f3n acorde a la normativa, con posterior estudio e informe de estado de los diferentes recursos (suelo y napa fre\u00e1tica) involucrados; a fin de determinar la responsabilidad del generador por los da\u00f1os ocasionados por los residuos peligrosos (Art. 48\u00b0- Ley N\u00b024051), y posterior proceso de recomposici\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>La inspecci\u00f3n que realizaron en forma conjunta la Secretar\u00eda de Ambiente de la Provincia y la Subsecretar\u00eda de Ambiente de la Municipalidad de Paran\u00e1 m\u00e1s un oficial de justicia a las instalaciones de la firma Las 3 E SRL, la chatarrer\u00eda de la concejal libertaria Romina Todoni sobre Avenida Jos\u00e9 Hern\u00e1ndez al 2500, en Paran\u00e1, constat\u00f3 la existencia de residuos peligrosos, con un grosero incumplimiento a lo que establece la Ley N\u00ba 8.880.<\/p>\n<p>\u201cEn las grandes acumulaciones de materiales, lindantes a las instalaciones correspondientes a mercanc\u00edas de corral\u00f3n, se observa una gran variedad de elementos principalmente derivados de chatarra dispuestos a la intemperie y sobre suelo natural. Entre estos, se pudieron constatar los siguientes residuos peligrosos, los cuales se repet\u00edan a lo largo del recorrido; tambores vac\u00edos de aceite mineral, bidones de agroqu\u00edmicos, t\u00f3ners de impresoras, autopartes varias algunas con restos de aceite o grasas (amortiguadores, partes de motor, filtros de aceite, entre otras), tachos de pintura, aparatosos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos, entre otros\u201d, dice el informe.<\/p>\n<p>\n<strong>Judicializaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>A mediados de 2024, la Justicia dispuso \u201cel cese total\u201d de la chatarrer\u00eda que pertenece a la firma Las 3E SRL, ubicada en Avenida de Circunvalaci\u00f3n, en Paran\u00e1, propiedad de la concejal de La Libertad Avanza Romina Todoni.<\/p>\n<p>La sentencia se convirti\u00f3 en letra muerta y por eso el 31 de marzo de 2025 la jueza Gabriela Teresita Mastaglia, vocal de la C\u00e1mara Segunda Civil y Comercial dispuso la clausura del establecimiento y encomend\u00f3 a la Municipalidad de Paran\u00e1 a colocarle la faja de clausura y a la Polic\u00eda a custodiar siguiera operando.<\/p>\n<p>De entonces hasta ahora nada ha cambiado demasiado ni tan poco. Las 3E SRL batall\u00f3 cuanto pudo por mantenerse en el lugar y sostener operativa a la chatarrer\u00eda. Pero la Justicia rechaz\u00f3 el plan de acondicionamiento, clasificaci\u00f3n y traslado de los residuos acumulados en un predio de 37 mil metros cuadrados presentado por la firma.<\/p>\n<p>En junio \u00faltimo, la jueza Mastaglia \u00a0le impuso una multa de $200 mil diarios hasta que se cumplan el plan de relocalizaci\u00f3n total de la chatarrer\u00eda, monto que tambi\u00e9n incluir\u00e1 los d\u00edas feriados.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, dispuso \u00abla vigilancia por personal policial de la planta de tratamiento y residuos ubicada en Avenida Jos\u00e9 Hern\u00e1ndez N\u00ba 2561 de esta ciudad de Paran\u00e1 durante el plazo de un mes a los fines de garantizar el cumplimiento de la clausura dispuesta, evalu\u00e1ndose al vencimiento de dicho plazo el mantenimiento de la medida\u00bb.<\/p>\n<p>Pero la chatarrer\u00eda sigue en el lugar de siempre y sin que se mueva hacia ning\u00fan lado el caso.<\/p>\n<p>Por eso, en la Provincia comenzaron a analizar la posibilidad de plantear en la Justicia que se dispuso un m\u00e9todo de \u201cdesapoderamiento\u201d que va a habilitar para poder, luego, plantear un esquema de remate, licitaci\u00f3n o similar con el objetivo de sacar todo del predio y darle destino seguro. Tambi\u00e9n, que ordene allanamiento para poder establecer mediante constataci\u00f3n in situ con el mayor grado de certeza, en la medida de lo posible, cantidades y corrientes de residuos que est\u00e1n alojadas all\u00ed.<\/p>\n\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>El caso<\/strong><\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>La jueza hab\u00eda hecho lugar a una acci\u00f3n de amparo presentado por vecinos lindantes a la chatarrer\u00eda y el 29 de julio de 2024 decret\u00f3 \u201cel cese total de la actividad que se desarrolla en el inmueble sito en Avenida Jos\u00e9 Hern\u00e1ndez N.\u00ba 2561 por la sociedad comercial Las 3E SRL y por cualquier otra persona f\u00edsica o jur\u00eddica que en el futuro pudiera sustituirla en la explotaci\u00f3n de la planta\u201d y \u201cla relocalizaci\u00f3n de la planta y, en caso de resultar imposible ello, la transferencia de los residuos all\u00ed existentes a una planta de tratamiento y transferencia habilitada o la disposici\u00f3n final de los residuos en lugares habilitados\u201d. Cumplido ese tr\u00e1mite, se dispuso \u201cel saneamiento y recomposici\u00f3n del medioambiente del inmueble y el \u00e1rea de influencia de este conforme los estudios a efectuar conforme las pautas indicadas en los considerandos precedentes\u201d.<\/p>\n<p>Mastaglia le dio un plazo de 30 d\u00edas a la empresa para cumplir la manda judicial. Y para el \u201csupuesto de que la reubicaci\u00f3n de la planta resultare imposible, deb\u00eda procederse por Las 3E SRL o cualquier otra persona f\u00edsica o jur\u00eddica que en el futuro pudiera sustituirla en la explotaci\u00f3n de la planta a la transferencia de los residuos a otras plantas existentes que se encuentren habilitadas dentro o fuera de la provincia o su disposici\u00f3n final en sitios habilitados en el plazo de sesenta d\u00edas, a cuyos efectos tambi\u00e9n deb\u00edan intervenir las autoridades ambientales de la Municipalidad de Paran\u00e1 y de la Provincia de Entre R\u00edos a los fines del control y supervisi\u00f3n de su cumplimiento\u201d.<\/p>\n<p>El 6 de mayo el Superior Tribunal de Justicia (STJ) intervino en el caso y dispuso que en un plazo de tres d\u00edas, la empresa demandada elaborara un plan de acondicionamiento, clasificaci\u00f3n y traslado de todo el material existente en el establecimiento. La empresa de la concejal libertaria present\u00f3 un plan de traslado y reubicaci\u00f3n de la chatarrer\u00eda. Pero los vecinos que presentaron el amparo lo objetaron \u201cen tanto no da cuenta de plazos, cantidades y m\u00e9todos de traslado de las toneladas de residuos volcados en 37.000 m2\u201d.<\/p>\n<p>La Secretar\u00eda de Ambiente de la Provincia, en tanto, se expidi\u00f3 sobre dicho plan concluyendo que no cumple con lo solicitado, por las siguientes razones a saber: a) no declara el plan operativo para el traslado de los residuos existentes; b) no indica plazos de tiempo en que se ejecutar\u00e1n las tareas; c) no planifica las acciones a llevar a cabo de manera discriminada (ej. por d\u00f3nde se comenzar\u00e1 el retiro, c\u00f3mo se realizar\u00e1 la clasificaci\u00f3n); d) no contempla efectuar un cord\u00f3n sanitario; e) no menciona medidas de seguridad a implementar y con cu\u00e1les cuenta la planta ni la forma en que se efectuar\u00e1 la clasificaci\u00f3n de residuos peligrosos mezclados con material reciclable; f) no se indican los plazos de retiro;y g) no se declara la capacidad de almacenamiento del \u00e1rea de almacenamiento temporal, ni su tama\u00f1o, ni el sistema de contenci\u00f3n antiderrames y kit antiderrame, ni est\u00e1 claramente identificado ni ser\u00eda de acceso restringido.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n observa la autoridad ambiental provincial que en el plan se \u201cdeclara la venta de material a distintas empresas siendo que muchos residuos al estar en contacto con residuos peligrosos deber\u00e1n gestionarse como tales, debiendo presentar la identificaci\u00f3n y clasificaci\u00f3n previa\u201d.<\/p>\n<p>Conforme lo expresado por la autoridad t\u00e9cnica ambiental el plan de acondicionamiento, clasificaci\u00f3n y traslado de los residuos depositados en la planta de tratamiento no contempla requisitos m\u00ednimos para ser considerado tal atendiendo, en especial, a la presencia de residuos peligrosos en el lugar y en consecuencia, no puede tenerse por cumplimentado lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia en fecha 06\/05\/2025.<\/p>\n<p>\u201cPor tal raz\u00f3n, al no haberse presentado un plan de traslado de los residuos t\u00e9cnicamente viable a casi un a\u00f1o de haberse dictado la sentencia de amparo, requisito esencial para proceder a su traslado y retiro del predio tal como se ha dispuesto, ha de tenerse nuevamente por incumplida por la empresa la manda de retirarlos, correspondiendo hacer efectiva la imposici\u00f3n de astreintes conforme lo ordenado en fecha 31\/03\/2025 puesto que, como ya ha sido dicho, el referido plan es parte sustancial para dar cumplimiento al traslado y\/o transferencia de los residuos existentes en la planta\u201d, sentenci\u00f3 la jueza.<\/p>\n<p>As\u00ed, la magistrada declar\u00f3 \u201cimprocedente e inviable el plan operativo presentado por la empresa demanda de acondicionamiento, clasificaci\u00f3n y traslado de los residuos\u201d.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>De la Redacci\u00f3n de Entre R\u00edos Ahora<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0 La inspecci\u00f3n que realizaron en forma conjunta la Secretar\u00eda de Ambiente de la Provincia y la Subsecretar\u00eda de Ambiente de la Municipalidad de Paran\u00e1 m\u00e1s un oficial de justicia a las instalaciones de la firma Las 3 E SRL, la chatarrer\u00eda de la concejal libertaria Romina Todoni sobre Avenida Jos\u00e9 Hern\u00e1ndez al 2500, en<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\"><p>\u200b\u00a0 \u200b\u00a0 \u200b \u00a0 La inspecci\u00f3n que realizaron en forma conjunta la Secretar\u00eda de Ambiente de la Provincia y la Subsecretar\u00eda de Ambiente de la <a class=\"mh-excerpt-more\" href=\"https:\/\/fmlibertadfeliciano.com.ar\/?p=1664\" title=\"Informe oficial revela existencia de residuos peligrosos en chatarrer\u00eda 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