{"id":2015,"date":"2025-11-16T03:05:07","date_gmt":"2025-11-16T03:05:07","guid":{"rendered":"https:\/\/fmlibertadfeliciano.com.ar\/?p=2015"},"modified":"2025-11-16T03:05:07","modified_gmt":"2025-11-16T03:05:07","slug":"el-caso-forneron-un-cuarto-de-siglo-despues","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fmlibertadfeliciano.com.ar\/?p=2015","title":{"rendered":"El caso Forner\u00f3n, un cuarto de siglo despu\u00e9s"},"content":{"rendered":"<p>\u200b\u00a0<\/p>\n<p>\u200b\u00a0<\/p>\n<p>\u200b<span class=\"cb-itemprop\"><\/span><\/p>\n<p>Leonardo Forner\u00f3n ten\u00eda 28 a\u00f1os cuando naci\u00f3 su hija mayor. No sab\u00eda que su expareja estaba embarazada. La mujer se lo neg\u00f3. Pero un estudio de ADN le dio la certeza de que era su hija esa ni\u00f1a nacida el 16 de junio de 2000 en una cl\u00ednica privada y entregada sin su consentimiento a un matrimonio porte\u00f1o.<\/p>\n<p>Siempre sostuvo que hab\u00eda sido vendida y comprada. Desde entonces, reclama su restituci\u00f3n. En ese largo camino lleg\u00f3 hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos y dos veces a la Corte Suprema. Hoy M -como se identifica a su hija- tiene 25 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Ahora, 2025, est\u00e1 en marcha en Buenos Aires el juicio contra siete imputados, entre ellos la pareja a la que le dieron la adopci\u00f3n irregular, la madre biol\u00f3gica, los intermediarios, un abogado de la matr\u00edcula y funcionarios del Poder Judicial por la presunta sustracci\u00f3n y retenci\u00f3n de una ni\u00f1a menor de 10 a\u00f1os de la esfera de custodia de su padre, un delito que tiene una pena de 5 a 15 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Forner\u00f3n tiene hoy 53 a\u00f1os y es polic\u00eda. Vive en Rosario del Tala. Es padre de otros cinco hijos. No ve a M. desde hace 13 a\u00f1os.<\/p>\n<p>El expediente del caso muestra que la ni\u00f1a fue entregada un d\u00eda despu\u00e9s de su nacimiento a un matrimonio porte\u00f1o a trav\u00e9s de un acta administrativa. Cinco a\u00f1os despu\u00e9s, la justicia entrerriana convalid\u00f3 esa entrega en un proceso de adopci\u00f3n plagado de irregularidades. Todo ocurri\u00f3 en plena democracia.<\/p>\n<p>El juicio est\u00e1 a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N\u00b0 18 de la Capital Federal. Las audiencias fueron fijadas para el viernes 31 de octubre y los d\u00edas 7, 14 y 28 de noviembre y el 5 de diciembre. Acompa\u00f1an legalmente a Forner\u00f3n los abogados Margarita Nicoliche y Diego Dousdebes.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>Est\u00e1n imputados la madre biol\u00f3gica, identificada como D.E.E.; el matrimonio al que fue entregada M, formado por B. y Z., Ra\u00fal del Valle, quien era juez en lo Civil y Comercial de la ciudad entrerriana de Victoria, y escribi\u00f3 la sentencia de adopci\u00f3n, el abogado que en su momento represent\u00f3 a los presuntos apropiadores, Salvador Espona, y dos hombres que hicieron las veces de intermediarios entre las partes, Paul Reynoso y Ariel Barreto.<\/p>\n<p>El 27 de abril de 2012 Leonardo An\u00edbal Javier Forner\u00f3n consigui\u00f3 ante un tribunal supranacional lo que nunca pudo ante jueces y fiscales provinciales, durante doce a\u00f1os: que escuchen su caso, que atiendan su petici\u00f3n y que dicten justicia sin meter las manos en el fango de los prejuicios, ajust\u00e1ndose estrictamente a las leyes, no a las creencias, ni a las suposiciones.<\/p>\n<p>El caso es conocido, pero vale recordarlo. Forner\u00f3n, con 27 a\u00f1os, tuvo una relaci\u00f3n sentimental breve en su ciudad, Rosario del Tala, con Diana Enr\u00edquez, y de esa relaci\u00f3n naci\u00f3 Milagros, que el s\u00e1bado 16 cumplir\u00e1 12 a\u00f1os, y a quien vio s\u00f3lo una vez, durante 45 minutos, en el Hotel Casino Victoria, el d\u00eda de la inauguraci\u00f3n, rodeado de muchos, porque as\u00ed lo dispuso un juez.<\/p>\n<p>Hubo una verdad dicha y muchos silencios ese d\u00eda: Forner\u00f3n no pudo decirle a Milagros que era su padre biol\u00f3gico, que \u00e9l hab\u00eda pedido verla, que la busc\u00f3 cuanto pudo hasta encontrarla, sin siquiera poder decirle que era su padre biol\u00f3gico. La nena ya ten\u00eda cinco a\u00f1os, y \u00e9l, como \u201camigo\u201d, eso pudo decirle, le regal\u00f3 un conejo, de verdad.<\/p>\n<p>****<\/p>\n<p>Milagros hab\u00eda nacido el viernes 16 de junio de 2000, y al d\u00eda siguiente, s\u00e1bado, se labr\u00f3 un acta de adopci\u00f3n en la cl\u00ednica adonde vio la luz de este mundo. Julio Ram\u00f3n Francisco Guaita, entonces defensor de Menores, hoy secretario del Juzgado de Instrucci\u00f3n de Victoria, aval\u00f3 la entrega. Pero de todo eso Forner\u00f3n no supo nada sino hasta el 3 de julio, cuando se enter\u00f3 del nacimiento. Se present\u00f3 ante la defensora de Pobres y Menores de Rosario del Tala para reconocer a la ni\u00f1a, y empez\u00f3 su camino del G\u00f3lgota.<\/p>\n<p>Batall\u00f3 contra dos jueces: Daniel Olarte, de Rosario del Tala, que actu\u00f3 como Pilatos, y Ra\u00fal del Valle, de Victoria; ninguno de los dos lee debidamente las leyes. Acude a la C\u00e1mara del Crimen, que revoca los fallos anteriores, pero luego el Superior Tribunal de Justicia confirma todo lo actuado en primera instancia: a\u00fan cuando un estudio de ADN prob\u00f3 su paternidad, no le reconocieron m\u00e1s que derechos m\u00ednimos. El 4 de mayo de 2011, durante una audiencia en la Sala Civil y Comercial del STJ, Forner\u00f3n se encontr\u00f3 con Milagros y sus padres adoptivos, con quienes se acord\u00f3 un r\u00e9gimen de visitas \u201cbajo estricto pacto de confidencialidad\u201d.<\/p>\n<p>Pero entonces ya era tarde, y nada podr\u00eda torcer las resoluciones contra derecho de la Justicia. El 29 de noviembre de 2010, Leonardo Forner\u00f3n consigui\u00f3 que su caso fuera tratado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); pero en la instancia previa, la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos hab\u00eda intervenido, y le hab\u00eda solicitado, sin \u00e9xito, al Estado argentino que actuara en beneficio del padre y la menor.<\/p>\n<p>La Corte actu\u00f3 oyendo los testimonios de encumbrados funcionarios del Gobierno nacional. Un secretario de Ni\u00f1ez, Adolescencia y Familia dijo que la Justicia entrerriana \u201ccercen\u00f3 de forma sistem\u00e1tica la guarda de su hija al se\u00f1or Forner\u00f3n, y consecuentemente con ello, la posibilidad a ambos de conformar su propia familia\u201d; y dos ministros de Justicia tambi\u00e9n reprocharon la actuaci\u00f3n de los jueces entrerrianos: dijeron que \u201cse trata de un caso paradigm\u00e1ticamente grave, con una reprochable conducta de funcionarios judiciales quienes en vez de proteger y reparar la violaci\u00f3n de los derechos de una ni\u00f1a y su progenitor, optaron por dilatar el proceso y fabricar un contexto f\u00e1ctico irreversible que luego les sirvi\u00f3 de fundamento para su decisi\u00f3n\u201d; y que \u201clos procesos judiciales que llev\u00f3 adelante la provincia de Entre R\u00edos no garantizaron las normas constitucionales y los tratados internacionales con jerarqu\u00eda constitucional que otorgan derechos y garant\u00edas tanto al padre como a la ni\u00f1a\u201d.<\/p>\n<p>La sentencia de la Corte, por s\u00ed misma, resulta vergonzante para la Justicia entrerriana: no s\u00f3lo conden\u00f3 al Estado argentino a \u201cestablecer de manera inmediata\u201d una vinculaci\u00f3n efectiva entre padre e hija, y a informar en un plazo de tres meses respecto a c\u00f3mo se cumpli\u00f3 ese paso, sino establecer las responsabilidades de los funcionarios judiciales provinciales que actuaron, quienes adem\u00e1s deber\u00e1n someterse a un plan de formaci\u00f3n y estudio respecto de c\u00f3mo administrar bien justicia en casos que involucren a menores.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>****<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>En 1984, durante la presidencia de Ra\u00fal Alfons\u00edn, Argentina suscribi\u00f3 la Convenci\u00f3n Americana sobre Derechos Humanos, m\u00e1s conocido como Pacto de San Jos\u00e9 de Costa Rica, a la vez que reconoci\u00f3 la competencia de la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), medida que alcanzar\u00eda rango constitucional en la reforma de 1994.<\/p>\n<p>Hay dos instancias: primero est\u00e1 la Comisi\u00f3n Interamericana, a la que se accede de modo r\u00e1pido y f\u00e1cil cuando un particular entiende que la Justicia ha violentado derechos, y \u00e9sta, analizado el caso, hace recomendaciones al Estado para que corrija esas irregularidades; si esas recomendaciones no son atendidas, el caso se deriva a la Corte.<\/p>\n<p>El Estado argentino fue condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a garantizar la efectiva vinculaci\u00f3n entre un hombre, que en 2000 se enter\u00f3 de que hab\u00eda sido padre, y su hija, Milagros, con quien s\u00f3lo pudo tener un contacto breve, por cuanto a los pocos d\u00edas de nacer fue entregada en adopci\u00f3n, en un tr\u00e1mite muy cuestionado, ocurrido en la ciudad de Victoria.<\/p>\n<p>Leonardo Forner\u00f3n, el pap\u00e1, oriundo de Rosario del Tala, acudi\u00f3 a la CIDH cuando encontr\u00f3 que las puertas de la Justicia provincial se le hab\u00edan cerrado del todo. El 3 de julio de 2000, Forner\u00f3n se enter\u00f3 de que hab\u00eda sido pap\u00e1 de una ni\u00f1a que hab\u00eda sido dada a luz por su madre el 16 de junio en una cl\u00ednica privada de Victoria.<\/p>\n<p>Viaj\u00f3 a Victoria, pero cuando intent\u00f3 conocer a su hija, se enter\u00f3 de que en un tr\u00e1mite sumar\u00edsimo la ni\u00f1a hab\u00eda sido en adopci\u00f3n a un matrimonio de Buenos Aires. El caso trascendi\u00f3 los l\u00edmites provinciales, y en 2009 el hoy senador nacional, entonces jefe de Gabinete, An\u00edbal Fern\u00e1ndez, alert\u00f3 al\u00a0 gobernador de la provincia, Sergio Urribarri, por un hecho irregular: un defensor de Menores se hab\u00eda hecho presente un s\u00e1bado, d\u00eda inh\u00e1bil judicial, para protocolizar un tr\u00e1mite de adopci\u00f3n en un sanatorio.<\/p>\n<p>El reproche recay\u00f3 en el entonces defensor Julio Guaita, quien labr\u00f3 las actas de adopci\u00f3n. \u201c\u00bfCu\u00e1l era el apuro, si se podr\u00eda haber hecho con los tiempos normales en este tipo de casos, tomando todos los recaudos?\u201d, plante\u00f3 Fern\u00e1ndez en aquella misiva que envi\u00f3 a Urribarri. El caso no s\u00f3lo involucr\u00f3 a Guaita, sino que salpic\u00f3 tambi\u00e9n a los entonces magistrados provinciales<\/p>\n<p>Daniel Olarte, Ra\u00fal Del Valle, Julio Guaita y Marcelo Balbi, a quienes se pidi\u00f3 un jury de enjuiciamiento. Olarte de jubil\u00f3, y los otros tres fueron absueltos por falta de m\u00e9ritos.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>Los hechos<\/strong><\/p>\n<p>Forner\u00f3n no cej\u00f3 nunca en sus intentos por probar que Milagros es su hija, y que la Justicia actu\u00f3 de modo reprochable. Un an\u00e1lisis de ADN prob\u00f3 su paternidad.<\/p>\n<p>Milagros naci\u00f3 el 16 de junio de 2000 en un sanatorio privado de Victoria pese a que su madre es de Rosario del Tala, a 100 kil\u00f3metros, ciudad en la que tambi\u00e9n vive Forner\u00f3n.<\/p>\n<p>Al d\u00eda siguiente del nacimiento por ces\u00e1rea, el s\u00e1bado 17 de junio, intervino un defensor de Pobres y Menores suplente, Julio Guaita, y dispuso la entrega de la beba en guarda a una pareja de la ciudad de Buenos Aires.<\/p>\n<p>El padre, que no sab\u00eda del embarazo, se enter\u00f3 que Milagros era su hija reci\u00e9n el 3 de julio de 2000. Se present\u00f3 de inmediato ante la defensora de Pobres y Menores de Rosario del Tala para reconocer a la ni\u00f1a.<\/p>\n<p>En el mismo despacho, la madre neg\u00f3 que el joven, de entonces 27 a\u00f1os, fuera el padre de la criatura. La mujer declar\u00f3 que la beba estaba con una t\u00eda, sin dar precisi\u00f3n alguna.<\/p>\n<p>El 11 de julio de 2000, tras su testimonio ante un fiscal, se inicia un expediente que tramit\u00f3 en el Juzgado de Instrucci\u00f3n de Tala, a cargo entonces de Daniel Olarte.<\/p>\n<p>En el medio del largo proceso, entre otras cuestiones, se denuncian irregularidades en el tr\u00e1mite de inscripci\u00f3n de la pareja de Buenos Aires en los registros de adoptantes de la provincia.<\/p>\n<p>El 18 de julio, Forner\u00f3n inscribe a su hija en el Registro Civil de Victoria y reci\u00e9n el 1\u00b0 de agosto los adoptantes solicitan formal otorgamiento de la guarda judicial de Milagros.<\/p>\n<p>Tres d\u00edas despu\u00e9s, el juez Olarte ordena el archivo de la causa iniciada. La decisi\u00f3n es apelada: la C\u00e1mara del Crimen de Gualeguay revoca el fallo de primera instancia pero lo termina confirmando el Superior Tribunal de Justicia de la provincia.<\/p>\n<p>Forner\u00f3n empez\u00f3 otra batalla en Victoria el 18 de octubre de 2000, para intervenir como parte en otra causa, la que tiene por objeto la guarda judicial. Tramita el caso en el Juzgado Civil y Comercial, a cargo entonces de Ra\u00fal Del Valle. Pidi\u00f3 la restituci\u00f3n de la menor y un estudio de ADN determin\u00f3 fehacientemente la paternidad. Pero no tuvo \u00e9xito.<\/p>\n<p>El camino que se le abri\u00f3, entonces, fue el de la Corte Interamericana, que fall\u00f3 el 27 de abril \u00faltimo, con la firma de los jueces Diego Garc\u00eda-Say\u00e1n,<\/p>\n<p>Manuel E. Ventura Robles, Margarette May Macaulay,\u00a0 Rhadys Abreu Blondet, Alberto P\u00e9rez P\u00e9rez, y Eduardo Vio Grossi.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>Jueces, a clase<\/strong><\/p>\n<p>En fallo un\u00e1nime, la Corte dictamin\u00f3 que el Estado debe establecer de manera inmediata un procedimiento orientado a la efectiva vinculaci\u00f3n entre Forner\u00f3n y su hija. De igual modo,\u00a0 Argentina deber\u00e1 presentar un informe sobre las caracter\u00edsticas, el desarrollo y los avances del proceso de vinculaci\u00f3n, y elevar a la Corte un informe actualizado sobre dichos aspectos cada cuatro meses durante los dos siguientes a\u00f1os.<\/p>\n<p>Pero hay tambi\u00e9n, y sobre todo, un reproche hacia los magistrados que intervinieron en el caso. As\u00ed, el Estado debe verificar en un plazo razonable, la conformidad a derecho de la conducta de los funcionarios que intervinieron en los distintos procesos internos relacionados con el presente caso y, establecer las responsabilidades que correspondan.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, el Estado debe adoptar las medidas que sean necesarias para tipificar la venta de ni\u00f1os y ni\u00f1as, de manera hechos de esa \u00edndole constituyan una infracci\u00f3n penal. Tambi\u00e9n, debe implementar en un plazo de un a\u00f1o, un programa o curso obligatorio dirigido a operadores judiciales, incluyendo jueces, defensores, fiscales, asesores y dem\u00e1s funcionarios de la provincia de Entre R\u00edos vinculados a la administraci\u00f3n de justicia respecto de los menores que contemple, entre otros, los est\u00e1ndares internacionales en derechos humanos, particularmente, en materia de los derechos de los ni\u00f1os y ni\u00f1as y su inter\u00e9s superior y el principio de no discriminaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Pero para que no queden dudas de la intervenci\u00f3n de la Corte, el Estado nacional deber\u00e1 publicar, en un plazo de seis meses, el resumen oficial de la sentencia, e indemnizar al padre y a la menor.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>Reparaci\u00f3n econ\u00f3mica<\/strong><\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>La Corte Interamericana tambi\u00e9n conden\u00f3 al Estado a una indemnizaci\u00f3n econ\u00f3mica en este caso.<\/p>\n<p>En concepto de da\u00f1o material, y por las p\u00e9rdidas econ\u00f3micas que soport\u00f3 Leonardo Forner\u00f3n en su peregrinar por los despachos judiciales para conseguir el reconocimiento de su paternidad, se fij\u00f3 una reparaci\u00f3n de 45.000 d\u00f3lares; m\u00e1s otros 5.000 d\u00f3lares por los gastos derivados de la atenci\u00f3n psicol\u00f3gica que tuvo durante los \u00faltimos a\u00f1os.<\/p>\n<p>En cuanto al da\u00f1o inmaterial que soport\u00f3, la Corte fij\u00f3 un resarcimiento de 60.000 d\u00f3lares para el padre, y de 40.000 d\u00f3lares para la hija.<\/p>\n<p>Y por los gastos y costos del proceso judicial, una suma de 10.000 d\u00f3lares, m\u00e1s 15.000 d\u00f3lares para los abogados intervinientes.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>De la Redacci\u00f3n de Entre R\u00edos Ahora<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0Leonardo Forner\u00f3n ten\u00eda 28 a\u00f1os cuando naci\u00f3 su hija mayor. No sab\u00eda que su expareja estaba embarazada. La mujer se lo neg\u00f3. Pero un estudio de ADN le dio la certeza de que era su hija esa ni\u00f1a nacida el 16 de junio de 2000 en una cl\u00ednica privada y entregada sin su consentimiento a<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\"><p>\u200b\u00a0 \u200b\u00a0 \u200b Leonardo Forner\u00f3n ten\u00eda 28 a\u00f1os cuando naci\u00f3 su hija mayor. No sab\u00eda que su expareja estaba embarazada. 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