{"id":2992,"date":"2026-03-01T01:51:02","date_gmt":"2026-03-01T01:51:02","guid":{"rendered":"https:\/\/fmlibertadfeliciano.com.ar\/?p=2992"},"modified":"2026-03-01T01:51:02","modified_gmt":"2026-03-01T01:51:02","slug":"un-papelon-judicial-entrerriano-reprendido-por-la-corte-suprema","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fmlibertadfeliciano.com.ar\/?p=2992","title":{"rendered":"Un papel\u00f3n judicial entrerriano, reprendido por la Corte Suprema"},"content":{"rendered":"<p>\u200b\u00a0<\/p>\n<p>\u200b\u00a0<\/p>\n<p>\u200b<span class=\"cb-itemprop\"><\/span><\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>El 6 de diciembre de 2022 se escribi\u00f3 un cap\u00edtulo que rese\u00f1\u00f3 un nuevo papel\u00f3n de la Justicia de Entre R\u00edos. Lo firm\u00f3 la vocal de la C\u00e1mara de Casaci\u00f3n Penal de Paran\u00e1, Marcela Badano, y sus afirmaciones, y cuestionamientos, fueron refrendados por sus colegas Marcela Davite y Mar\u00eda Evangelina Bruzzo, esta \u00faltima vocal de la Casaci\u00f3n de Concordia.<\/p>\n<p>Es la historia de un caso de abuso a una menor que el Poder Judicial trat\u00f3 con desd\u00e9n, tramit\u00f3 con mala gana y, al final, termin\u00f3 sobreseyendo al acusado.<\/p>\n<p>En 2022, el tribunal de Casaci\u00f3n hab\u00eda revocado una resoluci\u00f3n del Tribunal de Juicios y Apelaciones -conformado por tres jueces varones, Gervasio Labriola, Gustavo Pimentel y Alejandro Grippo- que hab\u00eda confirmado una decisi\u00f3n del entonces juez de Garant\u00edas Juan Hip\u00f3lito Carl\u00edn, quien hab\u00eda dictado el sobreseimiento por extinci\u00f3n de la acci\u00f3n penal por prescripci\u00f3n de un hombre llevado a juicio por abuso sexual simple. La v\u00edctima, una menor de 13 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Aquella denunciante es hoy la abogada Luciana Gabas, que pudo entender de modo violento de qu\u00e9 manera el sistema judicial en ocasiones revictimiza y no da respuestas a las v\u00edctimas. Su proceso dur\u00f3 casi diecis\u00e9is a\u00f1os, y termin\u00f3 con un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n, que aunque confirm\u00f3 la prescripci\u00f3n, puso el foco en las irregularidades en la tramitaci\u00f3n del caso en la Justicia de Entre R\u00edos.<\/p>\n<p>El caso se inici\u00f3 en 2010. El \u00faltimo pronunciamiento, de la Corte, es del 10 de febrero de 2026. En el medio actuaron cuatro jueces, distintos operadores judiciales, defensores, fiscales y bur\u00f3cratas del Poder Judicial entrerriano. En su fallo, la Corte se\u00f1ala que \u201cla prescripci\u00f3n de la acci\u00f3n penal se debi\u00f3 a un c\u00famulo de inexcusables errores, omisiones e irregularidades \u2014que van desde la falta de movimiento del expediente por varios a\u00f1os, hasta el extrav\u00edo de la causa\u2014, imputables exclusivamente a los distintos magistrados, funcionarios y dem\u00e1s agentes del Poder Judicial y del Ministerio P\u00fablico que tomaron intervenci\u00f3n en la causa y no cumplieron correctamente con sus obligaciones y deberes funcionales, como tambi\u00e9n a los miembros de la abogac\u00eda que no bregaron adecuadamente por los intereses de su representada\u201d.<\/p>\n<p>La Corte detalla en su fallo que la acci\u00f3n penal fue promovida el 9 de abril de 2010 y \u201cque la investigaci\u00f3n comandada por un primer juez de instrucci\u00f3n, Carlos R\u00edos (ya fallecido), registr\u00f3 un desarrollo razonable hasta que se paraliz\u00f3 el 7 de julio de 2011, en forma abrupta y sin motivo\u201d. El expediente \u201creci\u00e9n volvi\u00f3 a tener tr\u00e1mite en\u00a0fecha 13 de abril de 2015, cuando otro magistrado, Mauricio Mayer, plante\u00f3 su excusaci\u00f3n, que fue revocada, por lo que se le devolvieron las actuaciones el 10 de agosto de 2015\u201d. Mayer hab\u00eda sido defensor en la causa, y luego actu\u00f3 como juez.<\/p>\n<p>Luego, la causa no tuvo movimiento alguno en casi cinco a\u00f1os, hasta que el 11 de marzo de 2020, un tercer juez, Gustavo Maldonado, al tomar conocimiento por una nota period\u00edstica de su existencia, de que se encontrar\u00eda en el tribunal a su cargo y que se hallaba extraviado, orden\u00f3 reconstruir el expediente. Asimismo, dispuso la realizaci\u00f3n de una investigaci\u00f3n sumaria a fin de dar con las actuaciones\u201d.<\/p>\n<p>Maldonado est\u00e1 jubilado del Poder Judicial.<\/p>\n<p>En la causa se lee que el 21 de agosto de 2020 se present\u00f3 la v\u00edctima, ya mayor de edad, y design\u00f3 un nuevo abogado querellante. Luego, el 4 de marzo de 2021 apareci\u00f3 el expediente original que el juez Maldonado hab\u00eda denunciado como extraviado y, finalmente, el 16 de marzo siguiente, un cuarto juez, Juan Carl\u00edn, dict\u00f3 el sobreseimiento por prescripci\u00f3n de la acci\u00f3n penal.<\/p>\n<p>\u00bfQui\u00e9n perdi\u00f3 el expediente? \u00bfQui\u00e9nes fueron responsables de ese hecho? \u00bfQu\u00e9 hizo el Poder Judicial con ese error?<\/p>\n<p>La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ -que finalmente revoc\u00f3 la resoluci\u00f3n de Casaci\u00f3n y confirm\u00f3 la prescripci\u00f3n- ya hab\u00eda reprochado la actuaci\u00f3n de los distintos funcionarios judiciales en la causa. Se\u00f1al\u00f3 que en el proceso \u201chan convergido en la causa un c\u00famulo de negligencias inexcusables, por acci\u00f3n u omisi\u00f3n, atribuibles prima facie a la totalidad de los operadores jur\u00eddicos del sistema: cuatro jueces que ten\u00edan bajo su responsabilidad la direcci\u00f3n de la instrucci\u00f3n, secretar\u00edas intervinientes que no alertaron las par\u00e1lisis ni pusieron a despacho el expediente para el dictado de las providencias impulsivas; el Ministerio P\u00fablico Fiscal, titular exclusivo y excluyente de la acci\u00f3n penal, inclusive en el sistema procesal mixto, y el propio representante de la Querella particular, quienes en el \u00e1mbito de sus incumbencias brillaron por su ausencia y dejaron al desamparo a la v\u00edctima que representaban\u201d.<\/p>\n<p>A la Corte no le bast\u00f3 el mea culpa de la Sala Penal. Consider\u00f3 de una \u201cinusitada gravedad\u201d todo lo \u201cacontecido en la causa\u201d. En ese orden de ideas, \u201cesta Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n considera que la sola exhortaci\u00f3n efectuada por los jueces del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre R\u00edos \u2014que, vale se\u00f1alarlo, resolvieron el caso en consonancia con lo decidido en Fallos: 348:611\u2014 no resulta suficiente\u201d.<\/p>\n<p>\u201cPor el contrario, como los magistrados reconocieron expresamente, la prescripci\u00f3n de la acci\u00f3n penal se debi\u00f3 a un c\u00famulo de inexcusables errores, omisiones e irregularidades \u2014que van desde la falta de movimiento del expediente por varios a\u00f1os, hasta el extrav\u00edo de la causa\u2014, imputables exclusivamente a los distintos magistrados, funcionarios y dem\u00e1s agentes del Poder Judicial y del Ministerio P\u00fablico que tomaron intervenci\u00f3n en la causa y no cumplieron correctamente con sus obligaciones y deberes funcionales, como tambi\u00e9n a los miembros de la abogac\u00eda que no bregaron adecuadamente por los intereses de su representada\u201d, se\u00f1al\u00f3 la Corte.<\/p>\n<p>Y por eso, la \u201cexhortaci\u00f3n ordenada por el Superior Tribunal de Justicia resulta encomiable, lo ocurrido en el expediente exige de una respuesta institucional aun mayor\u201d.<\/p>\n<p>Ahora cabe volver unos pasos atr\u00e1s. En 2022 la C\u00e1mara de Casaci\u00f3n hab\u00eda revocado el sobreseimiento, decisi\u00f3n que luego dej\u00f3 sin efecto la Sala Penal del STJ.<\/p>\n<p>Entonces, 2022, la vocal de la C\u00e1mara de Casaci\u00f3n Penal de Paran\u00e1 Marcela Badano hizo un primer informe demoledor sobre la actuaci\u00f3n de varios operadores del Poder Judicial en esta causa. \u201cA esta v\u00edctima, se le hacen realizar much\u00edsimas medidas, se la hace pasar por un penoso proceso, (hasta la obligan, burocr\u00e1ticamente, ya mayor, a continuar con el mismo abogado), con el expediente paralizado, a la vez que se le anuncia, cada vez que acude a tribunales, que la resoluci\u00f3n ya va a salir, porque est\u00e1 a despacho. Luego se pierde el expediente, y se detiene el tr\u00e1mite una y otra vez, resurgiendo del olvido y del archivo solo cuando la v\u00edctima va a un programa period\u00edstico que escucha un juez. Sin duda, todo ello constituye una grave violaci\u00f3n a sus derechos humanos\u201d.<\/p>\n<p>Badano anota las intervenciones de la secretaria Mar\u00eda Gabriela Garbarina -una funcionaria judicial que nunca concurs\u00f3 y pas\u00f3 por distintos estamentos de la Justicia, y hasta lleg\u00f3 a ser jueza- y da cuenta que un informe que \u201clas actuaciones fueron remitidas a la Sala Penal en fecha 23\/09\/2020 y devueltas ese d\u00eda 14\/12\/2020 (fs. 236) y a continuaci\u00f3n, en la misma foja, obra resoluci\u00f3n del Juez Juan Hip\u00f3lito Carl\u00edn, en la cual se dispone la continuaci\u00f3n del tr\u00e1mite en el estado que se encuentre. Indico esto como punto de inflexi\u00f3n, porque seg\u00fan los argumentos de la resoluci\u00f3n que tomar\u00eda el juez de Garant\u00edas Carl\u00edn 3 meses despu\u00e9s, la causa habr\u00eda prescripto el 11\/11\/2020, cuando no estaba en su poder seg\u00fan el informe de secretar\u00eda, estando el expediente remitido a la Sala Penal\u201d.<\/p>\n<p>El 11 de diciembre de 2023, la Sala Penal del STJ revoc\u00f3 lo resuelto por Casaci\u00f3n. En su voto, el vocal Miguel Giorgio plantea las irregularidades de tribunales inferiores.<\/p>\n<p>De todos modos, el vocal de la Sala Penal echa al final un manto de piedad al desprop\u00f3sito. \u00abPor \u00faltimo, respecto a las falencias grav\u00edsimas detectadas en la tramitaci\u00f3n de la causa y que condujeron inexorablemente a la extinci\u00f3n de la acci\u00f3n penal por prescripci\u00f3n, debo remarcar que algunos de los magistrados y funcionarios intervinientes han fallecido y otros han mutado de cargo, deviniendo de tal manera abstracto e inoficioso cualquier llamado de atenci\u00f3n o medida sancionatoria similar con car\u00e1cter personal\u00bb.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>De la Redacci\u00f3n de Entre R\u00edos Ahora<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0 El 6 de diciembre de 2022 se escribi\u00f3 un cap\u00edtulo que rese\u00f1\u00f3 un nuevo papel\u00f3n de la Justicia de Entre R\u00edos. Lo firm\u00f3 la vocal de la C\u00e1mara de Casaci\u00f3n Penal de Paran\u00e1, Marcela Badano, y sus afirmaciones, y cuestionamientos, fueron refrendados por sus colegas Marcela Davite y Mar\u00eda Evangelina Bruzzo, esta \u00faltima vocal<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\"><p>\u200b\u00a0 \u200b\u00a0 \u200b \u00a0 El 6 de diciembre de 2022 se escribi\u00f3 un cap\u00edtulo que rese\u00f1\u00f3 un nuevo papel\u00f3n de la Justicia de Entre R\u00edos. <a class=\"mh-excerpt-more\" href=\"https:\/\/fmlibertadfeliciano.com.ar\/?p=2992\" title=\"Un papel\u00f3n judicial entrerriano, reprendido por la Corte Suprema\">[&#8230;]<\/a><\/p>\n<\/div>","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-2992","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-sin-categoria"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/fmlibertadfeliciano.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2992","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/fmlibertadfeliciano.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/fmlibertadfeliciano.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fmlibertadfeliciano.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fmlibertadfeliciano.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=2992"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/fmlibertadfeliciano.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2992\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/fmlibertadfeliciano.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=2992"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/fmlibertadfeliciano.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=2992"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/fmlibertadfeliciano.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=2992"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}