El vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná Juan Francisco Malvasio rechazó el pedido de «aclaratoria» formulado por los amparistas que propician hacer caer el contrato que el Gobierno firmó con la empreas Teknofood SA para proveer de insumos para desayunos y meriendas a los comedores escolares de la Provincia. En particular, cuestionan la calidad nutricional de los productos y alertan por la violación a la Ley de Etiquetado Frontal.
El fallo de primera instancia que dictó este viernes Malvasio -que hizo lugar a un amparo colectivo presentado por un grupo de padres, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) y la Fundación Cauce- que ordenó al Gobierno que «se abstenga de ofrecer, servir, entregar o distribuir” en los comedores escolares “productos alimenticios no perecederos destinados a desayunos y meriendas que contengan uno o más sellos de advertencia o leyendas precautorias” que prohíbe la Ley de Etiquetado Frontal N° 27.642, “debiendo garantizar en forma simultánea e ininterrumpida la provisión de productos no alcanzados por dicha prohibición» fue apelado por los amparistas.
Comedores: apelan y piden al juez «aclaratoria» tras dichos del Fiscal de Estado
El escrito firmado por los abogados Rubén Pagliotto y María Aldana Sasia, en representación de padres de niños que asisten a comedores escolares; Valeria Inés Enderle, por la Fundación Cauce; y Verónica Fischbach, por Agmer, plantea la apelación “contra la sentencia dictada” este viernes 21 “por causar gravamen irreparable a los legítimos derechos de nuestros representados, interesando se eleven las actuaciones para su tramitación por ante el Superior Tribunal de Justicia” (STJ). El planteo deberá ser habilitado por el juez Malvasio para que la apelación pueda ser resuelto ante el máximo tribunal de justicia de la Provincia.
Pero además, se presentó un pedido de “aclaratoria” al fallo del magistrado. En el escrito, piden “ampliación en términos aclaratorios respecto de la sentencia dictada en autos, particularmente en relación con el alcance de la manda contenida en el punto 1° de su parte resolutiva, a fin de que se precise la adecuada inteligencia de la expresión por la cual se ordena a la demandada garantizar, en forma simultánea e ininterrumpida, la provisión de productos ´no alcanzados por dicha prohibición´”. Y agrega la presentación: “La petición no procura modificar, ampliar ni alterar lo decidido, sino únicamente precisar el alcance de esa expresión para asegurar su plena correspondencia con los fundamentos del pronunciamiento y evitar interpretaciones que pudieran desnaturalizar su sentido”.
monitoreo y control previstos en la legislación provincial». Esa cuestión, agregó, corresponde al Poder Ejecutivo.
El vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná Juan Francisco Malvasio rechazó el pedido de «aclaratoria» formulado por los amparistas que propician hacer caer el contrato que el Gobierno firmó con la empreas Teknofood SA para proveer de insumos para desayunos y meriendas a los comedores escolares de la Provincia. En particular,
